Ayudas para el Alquiler de Viviendas, la Rehabilitación Edificatoria y la Regeneración y Renovación Urbana dentro del Plan de Vivienda 2013/2016

La Concejalía de Vivienda informa de que el pasado 29 de noviembre de 2014 se publicó una resolución en el BORM, por parte de la Consejería de Fomento, Obras Públicas y Ordenación del Territorio, por la que se dispone la publicación del convenio de colaboración entre el Ministerio de Fomento y la Comunidad de Murcia, para la ejecución del Plan Estatal de Fomento del Alquiler de Viviendas, la Rehabilitación Edificatoria y la Regeneración y Renovación Urbana 2013/2016.

El objeto del presente convenio es establecer las pautas de colaboración y los compromisos mutuos entre ambas administraciones en la Región de Murcia para garantizar la ejecución de dicho Plan Estatal.

Este convenio engloba una serie de actuaciones que son las siguientes: programa de ayuda al alquiler de vivienda, de fomento del parque público de vivienda en alquiler, de fomento de la rehabilitación edificatoria, de fomento de la regeneración y renovación urbanas, de apoyo a la implantación del informe de evaluación de los edificios y para el fomento de ciudades sostenibles y competitivas.

En virtud a este Plan de Vivienda 2013/2016, el pasado día 13 de enero del 2015 se publicó la orden de la Consejería por la que se aprueba la convocatoria de ayudas de la Comunidad Autónoma destinadas al alquiler de viviendas, y que tiene como objeto la concesión de ayudas destinadas al alquiler de viviendas.

El procedimiento de esta convocatoria se rige, por lo dispuesto en la Orden de 30 de octubre de 2014, de la Consejería de Fomento, Obras Publicas y Ordenación del Territorio por la que se aprueban las bases reguladoras de la convocatoria de subvención destinadas al alquiler de viviendas, modificadaza por la Orden de 23 de diciembre de dicha consejería, así como otra serie de leyes que la regulan.

La Concejalía señala que será objeto de subvención la financiación de parte de la renta a satisfacer por los arrendatarios de las viviendas alquiladas, facilitando el acceso y la permanencia en las mismas a personadas físicas pertenecientes a sectores de población de escasos medios económicos, siempre y cuando se cumplan los requisitos exigidos.

Además, se concederá a los beneficiarios unas ayudas de hasta el 40% de la renta anual que deban satisfacer por el alquiler de su vivienda habitual y permanente, con un límite máximo de 200 euros, mensuales y de 2.400 euros anuales por vivienda.

Para la solicitud de ayudas se cumplimentará el correspondiente modelo oficial, que se incluye como Anexo en la orden de 30 de diciembre de 2014, debiendo ir acompañada de la documentación referida en el articulo 7 de la misma y se presentará en el Registro General de la Consejería de Vivienda o cualquier otro lugar previsto para ello, como es el caso de la Ventanilla única del Ayuntamiento de Totana.

El plazo será de dos meses contados a partir del día siguiente de la publicación de la Orden el BORM (fin de plazo el 13 Marzo)

Ayudas Informe Evaluación Edificios

La Concejalía de Vivienda informa también que se publicó el pasado día 21 de enero de 2015 en el BORM la Orden de 29 de diciembre de 2014, de la Consejería de Fomento, Obras Públicas y Ordenación del Territorio, por la que se aprueba convocatoria de ayudas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia destinadas a la financiación del Informe de Evaluación de Edificios.

El objeto de esta orden es conceder subvenciones destinadas a financiar la emisión de informe de evaluación de edificios.

La ayuda está destinada a financiar parcialmente los gastos derivados de la emisión del Informe de Evaluación de Edificios que incluya el análisis de las condiciones de accesibilidad, eficiencia energética y estado de conservación de los mismos.

Según informan fuentes de la Concejalía, mediante esta ayuda podrán ser beneficiarios las comunidades de vecinos, agrupaciones de comunidades o propietarios únicos de edificios de carácter predominante residencial, que cuenten con el informe de evaluación con fecha anterior a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. 3 meses desde la publicación (29 de abril de 2015)

Las ayudas para rehabilitación de viviendas, todavía no han sido convocadas por parte de la Comunidad, que están en fase de proceder a ello.

La información para este tipo de ayudas se podrá obtener en la Concejalía de Vivienda del Ayuntamiento de Totana o directamente en el Servicio de Atención telefónica de la Comunidad Autónoma llamando al 012 ó al 968 36 20 00.

Áreas de Regeneración y Renovación Urbana

Por su parte, el Ayuntamiento de Totana, a través de las Concejalías de Infraestructuras y Urbanismo, están procediendo al estudio para llevar a cabo la declaración de Áreas de Regeneración y Renovación Urbana en los términos de la normativa vigente.

Con ello, se pretende, que se puedan desarrollar actuaciones para mejorar y recuperar los conjuntos históricos, centros urbanos, barrios degradados y núcleos rurales, para lo que la Administración estatal y regional ofrecen financiación a los promotores de los proyectos de rehabilitación o reconstrucción de edificios, que puede oscilar entre 35 y 50 % del coste de las obras, respectivamente.

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