El Ayuntamiento suscribe el octavo contrato con empresarios emprendedores para que se instalen en las dependencias del nuevo Vivero de Empresas

El Ayuntamiento de Totana ha suscrito el octavo de los contratos firmados hasta ahora con empresarios para que se instalen en las dependencias del Vivero de Empresas (VIVEM) ubicado en el polígono industrial "El Saladar".

El alcalde de Totana, Juan José Cánovas, y la concejal de Desarrollo Económico y Empleo, Antonia Camacho, han suscrito junto a los nuevos emprendedores otro convenio de colaboración con la empresa que utilizará uno de los nidos existentes y los servicios que esta infraestructura oferta a empresarios y emprendedores.

El alcalde ha dicho que con la incorporación de esta empresa se van cumpliendo los objetivos y se dota de contenido a esta infraestructura que es una incubadora de empresas e iniciativas empresariales.

Además, ha mostrado su satisfacción porque se consolida la puesta en funcionamiento del Vivero de Empresas como elemento de emprendimiento, y que plantea como embrión empresarial para que éstas se desarrollen y dejen lugar a otras en el futuro.

También ha explicado que las empresas que se implanten tienen todo el apoyo logístico y de asesoramiento de recursos técnicos; y animó a los emprendedores de Totana a que utilicen estas instalaciones modélicas.

El nuevo Vivero de Empresas constituye un elemento fundamental que articula la creación de vocaciones empresariales, mediante un completo proceso de formación y tutorización de emprendedores hasta su definitiva implantación en el mercado.

El Vivero de Empresas pertenece a la Red de Vivero de Empresas del INFO y además forma parte de la Red de Viveros de la Fundación INCYDE.

El emprendedor se obliga expresamente a tener cuantas licencias, altas, autorizaciones o permisos sean necesarios para el desarrollo de la actividad empresarial dentro del Vivero de Empresas.

El emprendedor está obligado a mantener su espacio y resto de instalaciones del Vivero de Empresas en perfecto estado de conservación, aseo, y limpieza, siendo responsable personal y directo de los desperfectos que se ocasionaran por causas a él imputables.

Además, serán por cuenta del emprendedor los gastos derivados del consumo de luz y teléfono; los del consumo de agua y otros suministros, uso del fax, fotocopiadora e impresora; los tributos, arbitrios, contribuciones y demás exacciones correspondientes al negocio o que se impongan por razón del mismo; y cualquier otro que se derivado de la actividad emprendida, así como todos aquellos que la Concejalía de Empleo y Desarrollo Económico no asuma de forma expresa.

El horario para las naves será libre pudiendo establecer cada cesionario el más idóneo para el desarrollo de su actividad dentro de la legalidad vigente; y el del centro (zonas comunes, despachos y nidos) será de lunes a viernes de 8.30 a 15:00 horas y de 16:00 a 21:00 horas.

Excepcionalmente, se podrá autorizar la estancia en el Vivero de Empresas fuera de tal horario, previa petición por escrito a la Concejalía de Empleo y Desarrollo Local, encargada de la gestión del Vivero.

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