Comunicado de Acción Totana "ante otro abuso de autoridad del Sr. Alcalde"

El pasado jueves se celebró en el centro de mayores de nuestro municipio sito en la Plaza de la Balsa Vieja, un Pleno Extraordinario en relación a la polémica generada por el traslado de los materiales arqueológico del Yacimiento de la Bastida a un almacén de la Comunidad Autónoma en el municipio de Alcantarilla. Con motivo de tal despropósito y para demostrar su radical oposición, la Plataforma en Defensa del Proyecto Bastida convocó una concentración mediante el correspondiente permiso en base a los artículos 8 y 9 de la Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, reguladora del derecho de reunión. Artículo octavo, párrafo dos:

"Cuando existan causas extraordinarias y graves que justifiquen la urgencia de convocatoria y celebración de reuniones en lugares de tránsito público o manifestaciones, la comunicación, a que hace referencia el párrafo anterior, podrá hacerse con una antelación mínima de veinticuatro horas."

Si tal convocatoria en relación a la respuesta de la Delegación de Gobierno queda pendiente de recurso o no, es otro asunto que deberá de dirimirse. A esta convocatoria legal de la Plataforma, se le contraprogramo una manifestación por la red WhatsApp promovida por nuestro Alcalde (en nombre del Ayuntamiento de Totana y en defensa de su equipo de Gobierno en minoría por estar "perseguidos políticamente"), para que le apoyasen públicamente en ese mismo lugar. Saltándose así toda norma y procedimiento legal al respecto con la gravedad añadida que ello supone al ser un cargo político público. Ni que decir de la situación sanitaria y las normas reguladas el respeto para evitar la propagación de contagios.

Por otra parte y casualmente, el sábado pasado se realizó un acto religioso en la Iglesia de Santiago con su correspondiente procesión y traslado por las calles del municipio (sin la debida autorización legal), de la Virgen del Qinche. Una de las imágenes más veneradas del Ecuador que a iniciativa de Simón Bolívar, cada año, el 15 de agosto, reúne a miles de devotos al aparecerse por primera vez en El Cisne Provincia de Loja (El Ecuador), en 1594. Por lo que la autoridad policial ha actuado conforme a derecho y con total contundencia, según documento adjunto.

Según la propia Audiencia Nacional, el hecho ilícito de abusar de la autoridad alude a un acto que resulta injusto por un desmedido uso de las facultades inherentes a la condición funcionarial que se ostenta, excediéndose, propasándose o aprovechándose de las mismas para llevar a cabo una actuación que no es propia o adecuada a su contenido. Habrá delito de abuso de autoridad únicamente si se comprueba que el sujeto activo, es decir, quien lleva a cabo el hecho punible, es una autoridad o funcionario público. A los efectos penales se reputará autoridad al que por sí solo o como miembro de alguna corporación, tribunal u órgano colegiado tenga mando o ejerza jurisdicción propia. Por todo ello desde Acción Totana vemos oportuno justo y en derecho, exigir:

1°. Que el Párroco de la Iglesia de Santiago, como autoridad religiosa, de explicaciones públicas de porqué permitió salir a esas personas en procesión estando prohibidas sin el correspondiente permiso ante la situación actual de pandemia.

2°. Que el Jefe de la Policía, como autoridad de una fuerza del orden local, de explicaciones de porqué, a día de hoy, no se ha procedido todavía a sancionar al Sr. Alcalde como promotor directo demostrado de una convocatoria de manifestación ilegal, y a identificar y sancionar también a los asistentes con la misma diligencia y procedimiento administrativo que a los vecinos del municipio que sacaron en procesión a la Virgen del Cisne. Ocasionando a la fecha un flagrante agravio compartido hacia estas personas.

3°. Que el Sr. Alcalde, como primera autoridad política municipal, dimita de su cargo por este descarado abuso de autoridad y atentado contra la salud pública, al incumplir la legislación vigente como cargo político público sobre manifestaciones y la sanitaria con respecto a la pandemia, que si cumplimos los demás, por simples intereses políticos.

Cuando alguien decide quién tiene acceso prioritario al uso de derechos (por ser de aquí, por ser alto, rubio, con ojos azules o cualquier otra ocurrencia bien amarrada a las vísceras o la ideología), los derechos dejan de serlo y se convierten en privilegios otorgados por la graciosa voluntad del poder de turno. Quiénes quieran ser súbditos del poder, también están en su pleno derecho.

Juan C. Carrillo, Acción Totana.

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