Se fijan las bases de participación para la venta ambulante en las próximas romerías de Santa Eulalia del 8 de diciembre y el 7 de enero

La Junta de Gobierno Local ha aprobado las bases que rigen el proceso de selección y las condiciones generales para optar a un espacio de venta en el paraje de la Santa, con motivo de las romerías de Santa Eulalia del 8 de diciembre y el 7 de enero, respectivamente.

El plazo de solicitud será hasta el 22 de noviembre de 2024 para la romería del 8 de diciembre 2023 y hasta el 20 de diciembre de 2024 para la romería del 7 de Enero de 2025.

La presentación de solicitudes podrá ser presencial en las Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento de Totana, ubicada en la plaza de la Constitución, nº 1 antes de los plazos arriba señalados.

La solicitud deberá incluir de forma clara, el nombre del solicitante, dirección postal, un teléfono de contacto, dirección de correo electrónico, características y dimensiones del puesto solicitado, el producto objeto de la venta y además:

- D.N.I o C.I.F del solicitante.

- Certificado I.A.E

- Certificado de estar al corriente en las cuotas de la Seguridad Social o los últimos tres recibos de autónomo.

- Certificado Positivo de la Agencia Tributaria.

- Vida laboral.

- Seguro de responsabilidad civil en vigor.

La documentación sanitaria requerida para solicitar la instalación de un establecimiento no permanente que manipule alimentos es la siguiente:

Declaración responsable para establecimiento de venta ambulante o no sedentaria de alimentos y bebidas (Anexo II).

Autorización Sanitaria para la actividad que realiza, expedida por la Dirección General de Salud Pública de la Consejería de Sanidad de la Región de Murcia.

Carné de Manipulador de Alimentos o Certificado de Formación para manipuladores de alimentos en vigor.

Relación de proveedores de alimentos, que incluya los siguientes datos: nombre, domicilio, nº de inscripción en el Registro General Sanitario de Alimentos o Autorización Sanitaria en su caso y productos que suministra.

Las solicitudes que se remitan dentro del plazo señalado y que cumplan todos los requisitos citados anteriormente, se evaluarán y en el caso de ser autorizadas, se les informará por teléfono o correo electrónico, así como se les notificará la Resolución de Alcaldía por la cual, se le concede el correspondiente permiso.

La concesión de dichos permisos tendrá lugar en base al orden de registro de entrada y a los siguientes criterios de selección:

- Tipo de puesto, por las características del lugar y el entorno religioso en el que se celebran las Romerías, tendrán prioridad puestos acordes con esta celebración, sin ruidos y artículos adecuados a la Romería.

- Debido a que el espacio es limitado y no nos encontramos en una feria realmente, sino que se trata de una Romería en plena Sierra Espuña, se reducirán los metros lineales totales del lugar destinado a este tipo de evento en cuestión.

- El número total de puestos adjudicados será el adecuado al espacio disponible para tal actividad (5 puestos máximo en la romería del 8 de diciembre de 2024 y 30 puestos máximo en la romería del 7 de enero de 2025).

El procedimiento será anual, por lo que el ser autorizado un año, no da derecho a montar su puesto en sucesivas romerías, así como tampoco da derecho a la ocupación del mismo lugar asignado en años anteriores, debiendo realizar la solicitud y entrar en el proceso de selección cada año.

Una vez autorizada la solicitud y en el plazo de cuatro días, se procederá al pago de la tasa (10,50 €/metro lineal/día), según normativa tributaria municipal y según carta de pago que se adjuntará a la notificación del interesado.

Una vez efectuado el pago, se enviará copia del justificante del pago de las tasas al correo electrónico amunoz@totana.es  con la referencia siguiente: “Participación en la Romería de la Santa”.

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