Leyendo este titular, daría a entender que el Alcalde es poco menos que un Dictador y "Avisa a los empresarios...". Quiero aclarar que el Alcalde lo que hace es convocar una Junta de Portavoces donde están representados los 4 Grupos Políticos. Se celebra el martes a primera hora y plantea la solicitud de CEBAG.
Como el aplazamiento solicitado es competencia de Pleno, si existe una mayoría que está de acuerdo con el Presidente de CEBAG, convoco un Pleno Extraordinario para decidirlo antes de finalizar el plazo, como es preceptivo.
Los portavoces, tras deliberaciones, se posicionan de la siguiente forma y en su libertad como representantes del pueblo de Totana: PSOE, a favor del Presidente de CEBAG. Ganar Totana, Ciudadanos y PP, a favor de seguir con el Plazo acordado en el Pleno de enero. Con estas opiniones, es absurdo que el Alcalde convoque un Pleno que no va a modificar el plazo. No obstante, haremos lo posible por facilitar las presentación de alegaciones.
Otra cuestión. El Alcalde no asistió a la Reunión de CEBAG, celebrada el jueves porque la invitación el llegó el viernes. El Alcalde no tiene inconveniente en asistir donde le inviten y nunca rechaza documentos que le llegan ni ha dado ordenes para rechazarlos. Pero donde no es invitado (antes de celebrarse el evento) no suele asistir.
Leo que el Catedrático ponente es un afamado experto, que (copio textual un párrafo de la nota que anuncia la conferencia: "...habiendo sido el redactor del recurso contencioso administrativo que CEBAG presentó en 2011, a la aprobación parcial definitiva del PGMO, que recientemente ha sido revocada y anulada..." Me pregunto yo; ¿Qué fue de ese Contencioso? En el Ayuntamiento no consta el Contencioso de la CEBAG ni existen datos para afirmar que fuese anulada la Orden de 2011, en Sentencia Judicial por el "Contencioso redactado por el afamado Catedrático y presentado por CEBAG en 2011 o 2012"
La Orden de 2011 se anula hace unos meses, por el Consejero de Fomento a petición del Pleno del Ayuntamiento de Totana el 29 de diciembre de 2016 a propuesta del Alcalde de Totana por existir errores en el calculo de Sistemas Generales y Edificación. Es decir, la Orden de 2011 no se anula por el "supuesto Contencioso presentado por el Presidente de CEBAG y redactado por el Catedrático".
También es curioso que ese acuerdo de Pleno, solicitando la anulación de la Orden de 2011, fuese recurrido por el Presidente de CEBAG el 31 de enero de 2017, cuyo recurso se verá en el Pleno Ordinario de marzo de 2017.
Si CEBAG presentó un Contencioso (supuestamente) contra la Orden de 2011, redactado por el Catedrático; ¿Cual es la razón por la que recurre el acuerdo del Ayuntamiento de Totana que solicita a propuesta del Alcalde que el Consejero anule esa Orden? ¿Desde cuando, en Derecho, se recurren acuerdos de un Ayuntamiento que no son Ejecutivos y solo se limitan a solicitar a un "Órgano Superior" la anulación de la Orden "porque el Ayuntamiento de Totana no es competente para anularla"?
No soy nadie para dar lecciones, pero ese Recurso de Reposición, contara el Acuerdo de Pleno -que viene a coincidir con la pretensión de CEBAG en 2011-, es como si el Ayuntamiento Pleno solicita al Gobierno de Rajoy que suba las pensiones o que no le corten el rabo a los perros y CEBAG recurre el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento.
Tengo mucho respeto por todas las profesiones. Incluyo los Catedráticos, "expertos urbanistas" o abogados. Pero no hay que olvidar que estas profesiones, en el ámbito de lo privado, trabajan para quien les paga y uno Catedrático puede preparar un informe sobre el Auditorio de Puerto Lumbreras, exculpando al Alcalde; lo mismo que puede opinar sobre un Plan General que conoce de oídas (según manifiesta) a instancias de parte (Presidente de CEBAG) interesada contra el Plan General actual. Son algunas preguntas y dudas que en la entrevista realizada desconozco si mi apreciado Mrv Entreamigos formuló al Catedrático. ¿O solo se limitó a dar por buenos el "argumentario del Presidente de CEBAG"?.
Sigo insistiendo en que el Ayuntamiento de Totana está informando a los totaneros, instituciones y personas interesadas en el Plan General, facilitando la presentación de alegaciones y que haremos todo lo posible para que no queden alegaciones sin presentar. Siempre que voluntaria y libremente se considere por el ciudadano. A nadie se le debe fozar a presentar o no presentar.
Para finalizar, si tan seguros están algunos/as de que el Plan General va a ser "tumbado por los Tribunales", ¿A qué viene tanta ansiedad? El Alcalde quiere un Plan General de Ley y no tendrá problema alguno en acatar lo que diga la Justicia, llegado el caso.
Lo que no puede hacer un alcalde es no sancionar o adoptar acuerdos, que tienen los informes técnicos y jurídicos a favor, en base a "amenazas" de Tribunales. En este caso, cerraríamos el Ayuntamiento ante cualquier "aviso" de irse a los Tribunales ante una sanción de la ORA o algo parecido.
Juan José Cánovas