En pocos años, nuestros cielos se han llenado de drones, es decir, de «aeronaves no tripuladas», según la definición de la Real Academia de la Lengua, que convendría ampliar diciendo que la mayoría de estos aparatos funcionan por control remoto, mientras que otros son programados para hacerlo de forma completamente automatizada. Existen multitud de drones y de usos distintos de estos, desde los simples juguetes hasta los que se utilizan para tomar imágenes —su función más habitual— o los que incluyen un desfibrilador para actuar en casos de infarto antes de que llegue la ambulancia. Pero… ¿se pueden usar donde uno quiera?
Esta nueva realidad ha creado una nueva legislación y multitud de dudas. Para resolver todas estas cuestiones, la Universitat Oberta de Catalunya (UOC) organiza el seminario Drones y Derecho.
¿Necesito una licencia para pilotar un dron?
Esta es la primera duda. La licencia es obligatoria siempre y cuando se haga un uso profesionales del dron. También hace falta un certificado médico que acredite que el piloto no sufre ningún problema de salud que le impida manejar la aeronave.
La licencia, en cambio, no es necesaria cuando se haga un uso lúdico o recreativo, aunque eso no implica que el piloto aficionado no deba tener una serie de conocimientos legales, tal y como recuerda Sandalinas: «Incluso el dron más pequeño y en apariencia más inofensivo puede causar muchos problemas si lo utilizamos de forma incorrecta o en zonas prohibidas. Imaginemos, por ejemplo, las consecuencias que puede tener si hacemos volar una de estas aeronaves cerca de un aeropuerto y es absorbida por la turbina de un avión».
¿Dónde puedo usar el dron?
La segunda duda más frecuente tiene que ver con este aspecto y la ley establece unas condiciones para los vuelos recreativos:
– No se puede hacer volar el dron si hay un aeropuerto o un aeródromo a menos de 8 kilómetros de distancia.
– Tampoco se puede hacer volar un dron dentro de un espacio aéreo controlado.
– El dron deberá permanecer siempre dentro del alcance visual del piloto y no elevarse más de 120 metros desde el suelo.
– Conviene hacer volar el dron siempre de día y con buenas condiciones meteorológicas, aunque los vuelos nocturnos están permitidos para drones con un peso inferior a 2 kilos y con una altura máxima de 50 metros.
– En una ciudad o sobre aglomeraciones de personas solo se permite el vuelo a una altura máxima de 20 metros y con drones que no pesen más de 250 gramos.
El seguro de responsabilidad civil no es obligatorio para todos los drones pero sí recomendable.
Nueva normativa de la Unión Europea
Muy pronto, en 2020, entrará en vigor una nueva normativa de la Unión Europea para regular el sector, aunque Sandalinas prefiere mostrarse prudente al respecto: «Intentan establecer más medidas de seguridad, pero no soy muy partidario de hablar de estos cambios, porque todavía no se han puesto en práctica. Lo que sí está claro es que este marco europeo va a regir de forma transfronteriza y va a imponer medidas muy necesarias, como la matriculación. Cada dron llevará una identificación individualizada, una matrícula, en el exterior de la aeronave y habrá también una identificación de cada piloto».
Más interesantes le parecen los aspectos relacionados con la ecología: «El cambio climático supone un gran desafío y los drones deben respetar ciertos valores medioambientales, tales como no utilizar baterías que contribuyan a empeorar la situación actual. Los drones tampoco pueden emplearse en áreas de alta sensibilidad o ecosistemas en peligro, y deben ser lo menos invasivos posible, también desde el punto de vista de la contaminación acústica, para no alterar el curso de la naturaleza».
Multas de hasta 225.000 euros
Tal y como detalla el experto, «las denuncias más habituales tienen que ver con la intimidad y el honor de las personas. Por ejemplo, yo no puedo hacer sobrevolar un dron por encima de una casa, tomar imágenes de ella o de sus habitantes y publicarlas. Pero también hay accidentes: si un dron cae, puede provocar una serie de daños que hay que reparar».
Las sanciones por el incumplimiento de lo establecido en el Real decreto 1036/2017, que regula el uso de los drones, van desde 60 euros en los casos más leves hasta 225.000 en los más graves. A estas cantidades, habría que añadir la reparación de daños causados, las indemnizaciones, etc.
Los drones, ya se ve, son mucho más que un juego de niños y en los próximos años van a requerir muchas otras leyes y medidas que se adapten a la existencia de los drones y pongan orden en un sector que no ha hecho nada más que empezar y que ofrece todo un mundo de posibilidades.