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El próximo día 1 febrero comienza el segundo turno del Programa de Fomento de Empleo Agrario, con la contratación de 66 nuevos desempleados

Un total de 66 nuevos desempleados de Totana son contratados dentro del segundo turno del Programa de Fomento de Empleo Agrario correspondiente al año 2019, que se desarrolla a partir del día 1 de febrero y hasta finales de abril de este nuevo ejercicio.

El municipio de Totana recibe un total de 420.060,96 euros para la contratación de un total de 132 desempleados en el marco de este proyecto que se desarrollar durante el otoño e invierno.

El Ayuntamiento de Totana presentó, en esta edición, una memoria de las 35 remitidas por los 22 ayuntamientos murcianos incluidos en este plan que está financiado íntegramente por el Servicio Público de Empleo Estatal; y que ha sido aprobada por la Comisión Regional de Seguimiento de dicho proyecto.

Ésta ha aprobó el reparto de 5.014.806,87 euros entre 22 ayuntamientos de la Región de Murcia para la contratación de 1.300 trabajadores eventuales de las zonas rurales más deprimidas.

El inicio de las obras y actuaciones comenzarán a partir de noviembre, distribuidos en turnos, y la duración de las mismas oscila en varios meses.

En la anterior convocatoria del año 2018, Totana contó con un presupuesto de 377.521,80 euros aproximadamente, unos 19.000 euros más que el anterior año, para contratar a un total de 116 personas desempleadas, sobre todo peones agrícolas, para combatir el desempleo en el sector de la agricultura.

El Programa de Fomento de Empleo Agrario está destinado a mejorar la situación del colectivo de trabajadores eventuales agrarios en las Comunidades Autónomas de Andalucía y Extremadura y en las zonas rurales deprimidas.

Las subvenciones se destinan a la financiación de los costes salariales y cotización empresarial de los trabajadores desempleados contratados por las Corporaciones Locales y otras Administraciones para la ejecución de proyectos de interés negral y social que cumplan con los siguientes requisitos: que sean competencia de las Corporaciones Locales, que sean ejecutados en régimen de concesión directa, y favorezcan la formación en y práctica profesional de los desempleados.

La cuantía máxima de la subvención a percibir por las entidades beneficiarias será igual al resultado de multiplicar el número de trabajadores desempleados contratados por el número de meses de duración del contrato y por los costes salariales totales por todos los conceptos en la misma cantidad que la fijada por el salario según el convenio vigente.

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