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Se acuerda la reapertura de los locales sociales municipales a partir del próximo 8 de junio destinados a la Participación Ciudadana Social

El Ayuntamiento de Totana ha acordado la reapertura, a partir del próximo lunes 8 de junio, de los locales sociales municipales destinados a la Participación Ciudadana Social, toda vez que el municipio avance a la fase 3 de la desescalada hacia la nueva normalidad.

Esta medida, recogida en una resolución de Alcaldía pretende reactivar la actividad paulatina que las asociaciones, colectivos y entidades de Totana venían desarrollando con anterioridad a la entrada en vigor del estado de alarma por la pandemia del COVID-19.

Los locales sociales, cuya utilización y funcionamiento por parte de colectivos, entidades y asociaciones, deberá cumplir el protocolo y las indicaciones extraordinarias y las recomendaciones marcadas por las autoridades.

Los locales sociales municipales beneficiarios son:

  • Centro Municipal de Participación Ciudadana.
  • Local social barrio San Roque.
  • Centro  social barrio Olímpico.
  • Local social barrio Tirol-Camilleri.
  • Local social barrio de la Era Alta.
  • Local social barrio San José.
  • Local social El Parral.
  • Sala Audiovisuales Centro Sociocultural “La Cárcel”.
  • Local social Antiguos Juzgados.
  • Local social “Juana Serrano” El Paretón-Cantareros
  • Sala Polivalente “Complejo las Vertientes del Aljibe de Los López" El Paretón-Cantareros
  • Locales sociales Raiguero Alto y Bajo.
  • Centro social de Lébor.
  • Dependencias destinadas a la Participación Social en el antiguo Instituto de Bachillerato y en el antiguo Colegio “La Cruz”.

Esta medida se establece después de que varios colectivos y asociaciones de Totana se hayan puesto en contacto con la Concejalía de Participación Ciudadana, planteando la necesidad de utilizar  infraestructuras municipales para retomar progresivamente el desarrollo de los programas y acciones que venían realizando y que se vieron paralizadas por la declaración del estado de alarma.

Las entidades, colectivos y asociaciones que deseen hacer uso de los locales sociales anteriormente expuestos deberán presentar escrito a través del registro de entrada del Ayuntamiento/sede electrónica dirigido a la Concejalía de Participación Ciudadana en el que se exponga la previsión de  utilizar el local social  y la actividad detallada que se quiere realizar en el mismo (características, número de usuarios, calendarización, etcétera).

Asimismo, se deberán presentar las medidas de  prevención de riesgos laborales, e  higiénico sanitarias a aplicar en base a la actividad a desarrollar y a  la normativa  y legislación vigente.

Las asociaciones o entidades que utilicen las infraestructuras municipales deberán cumplir con  la normativa de prevención de riesgos laborales y las medidas  higiénico-sanitarias vigentes. Se deberán adoptar las medidas de limpieza y desinfección adecuadas a las características e intensidad de uso de los centros y locales.

También se deberá respetar el aforo máximo  permitido de cada local y asegurar que dicho aforo, así como la distancia de seguridad interpersonal de dos metros se respeta en su interior.

En el caso de locales y establecimientos cerrados, en los que se quieran realizar  actos y espectáculos culturales, no podrá superarse el cincuenta por ciento del aforo autorizado, ni reunir más de ochenta personas (pudiendo cambiar esta cifra si se acuerda modificación por la CARM).

En el caso de la celebración de congresos, encuentros, reuniones de negocio, conferencias y eventos  promovidos por  entidades de naturaleza pública o privada, dichas actividades deberán cumplir con la normativa de distancia física exigida de 2 metros y  no podrá  superarse en ningún caso la cifra de ochenta asistentes (pudiendo cambiar esta cifra si se acuerda modificación por la  CARM).

Para las actividades de tiempo libre destinadas a la población infantil y juvenil en espacios  cerrados, se limitará  el número de participantes a un tercio de la capacidad máxima habitual de la actividad; con un máximo de ochenta participantes, incluyendo los monitores (pudiendo cambiar esta cifra si se acuerda modificación por la CARM).

Se  garantizará el cumplimiento de las recomendaciones de prevención e higiene del Ministerio de Sanidad y la disponibilidad de un procedimiento para el manejo de posibles casos de COVID-19; así como aquellas otras condiciones que, en su caso, establezca la autoridad competente de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Durante el desarrollo de las actividades se deberá organizar a los participantes en grupos de hasta un máximo de diez personas, incluido el monitor. En la medida de lo posible, las actividades e interacciones se restringirán a los componentes de cada uno de estos grupos.

Asimismo, las entidades o asociaciones que hagan uso de los locales sociales municipales  deberán colocar en los mismos  alfombras para desinfección de calzado,  geles hidroalcohólicos, papeleras de pedal, papel de manos, etcétera en lugares visibles y previamente identificados; así como cartelería informativa donde queden reflejados los protocolos sanitarios y de distanciamiento, sin perjuicio de que el Ayuntamiento pueda colaborar en esta tarea.

Las asociaciones y entidades que deseen hacer uso de un local social municipal deberán de respetar las directrices para la regulación y uso  de los locales  municipales aprobadas en  Junta de Gobierno Local, con fecha de 28 de noviembre del 2013.

La asociación o entidad que haga uso de un local social municipal deberá de cumplir en todo momento con la normativa y legislación vigente. El Ayuntamiento de Totana se exime de la responsabilidad de cualquier tipo de incidencia derivada de las actividades que realiza la entidad solicitante en los locales sociales municipales de Totana.

La entidad será responsable durante el periodo de concesión de la utilización de la infraestructura municipal, de las consecuencias que se deduzcan para el Ayuntamiento o para terceras personas de la defectuosa o incorrecta utilización del local social así como de las actividades que se organicen, debiendo cubrir dichos riesgos mediante la contratación de un seguro de responsabilidad civil. La entidad asimismo deberá disponer de un seguro de contenido en el caso de que aloje material propio en el local social concedido.

Por último, la resolución establece que el incumplimiento por parte de ciudadanos, entidades, colectivos y asociaciones de la  normativa existente supondrá la denegación del uso de la infraestructura  municipal.

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